FAQ’s

ESTUDIO JURIDICO INTEGRAL

 Nos especializamos en ciudadanías italianas y españolas, sucesiones, contratos, divorcios. Brindamos soluciones legales integrales, acompañándote en cada paso..

Es el proceso legal que permite transferir los bienes de una persona fallecida a sus herederos.


Las sucesiones hereditarias se clasifican principalmente en sucesión testamentaria, donde la distribución de la herencia se basa en la voluntad del fallecido expresada en un testamento, y sucesión intestada (o legítima/ab intestato), que se aplica en ausencia de testamento o si este es nulo, y cuya distribución se rige por la ley.

Cuando el fallecido dejo bienes registrables (inmuebles, automotores, cuentas bancarias etc.)

Según el Código Civil y Comercial de la Nación argentina, en principio una sucesión se inicia en el tribunal civil del último domicilio del fallecido.

Si, la sucesión puede ser iniciada por quien la asiste un interés legítimo para hacerlo y puede denunciar en el proceso a los demás herederos, quienes será citados por cédula a que hagan valer sus derechos y además serán citados por edictos. Es obligación denunciar al inicio, a los otros herederos de quien se tenga conocimiento.

– Partida de defunción del causante fallecido
– Partidas de nacimiento de los hijos que estén vivos y partida de defunción si alguno falleció antes.
– Partida de matrimonio si estaba casado/a
– Partida de defunción del cónyuge si era viudo/a
– Partidas que acrediten los vínculos si se tratara de otros parentescos
– Nombre, domicilio, DNI, estado civil de todos los que heredan.
– Títulos de propiedad para exhibir y fotocopias para entregar.
– Una boleta de ABL o ARBA del año en curso, de los inmuebles que se denuncien en la sucesión.
– Otras documentaciones que acrediten cuentas bancarias, derechos, acciones, etc.
En caso de no contar con toda la documentación, podemos asesorarlo para su obtención.

Entre 6 y 12 meses en casos simples, con acuerdo de todos los herederos contando con toda la documentación en regla. Puede extenderse en caso más complejos.

– Bono
– Ius Previsional (Provincia de Buenos Aires)
– Tasa de Justicia
– Sobre Tasa de Justicia (Provincia de Buenos Aires)
– Certificados de dominio e inhibición
– Edictos (Sucesiones ab intestato)
– Estado Parcelario ( de ser necesario)
– Gastos de inscripción en los Registros
– Ingresos Brutos (si la sucesión tramita en la Provincia de Buenos Aires los honorarios están sujetos a una alícuota del 3,5% de los honorarios)
– Aportes previsionales.
Al momento de elegirnos le será entregado un presupuesto a detalle para su información y guía.

Los honorarios por una sucesión pueden oscilar entre el 7% y el 15% del valor real y total de los bienes. Ello puede variar dependiendo de la cantidad de bienes, de su ubicación, de la cantidad de herederos y por supuesto de la complejidad del caso. Para ello, luego de una entrevista totalmente personalizada se realizará un convenio de honorarios a la medida su caso particular.

Se pagan con los bienes de la herencia. Los herederos no responden con su patrimonio personal.

No, primero debe inscribirse la declaratoria de herederos o el testamento aprobado.
Sin embargo, la venta por tracto abreviado es un procedimiento legal para vender una propiedad heredada sin que los herederos deban inscribir el bien a su nombre primero, agilizando así el proceso sucesorio. En este caso, la propiedad se transfiere directamente del causante fallecido al comprador final. Para realizarla, es necesario tramitar la sucesión, obtener una declaratoria de herederos y que el juez autorice expresamente el tracto abreviado, lo que permite ahorrar tiempo, costos y simplificar la transferencia de dominio.

No, siempre es necesaria la intervención de un abogado matriculado.

La declaratoria reconoce a los herederos y la partición distribuye los bienes entre ellos.

La sucesión se considera finalizada y los herederos tienen la plena titularidad de los bienes cuando la declaratoria de herederos o la partición de los bienes se inscribe en los registros de la propiedad correspondientes, como el Registro de la Propiedad Inmueble, y se recibe el testimonio inscripto.