CIUDADANIA ITALIANA
Nos especializamos en ciudadanías italianas y españolas, sucesiones, contratos, divorcios. Brindamos soluciones legales integrales, acompañándote en cada paso.
1. ¿Quiénes pueden solicitar la ciudadanía italiana por descendencia (iure sanguinis)?
2. ¿Hasta qué generación se transmite la ciudadanía italiana?
3. ¿Es necesario que el antepasado haya conservado la ciudadanía hasta su muerte?
Si, exclusivamente debe haber fallecido como Italiano.
4. ¿Qué diferencia hay entre ciudadanía por iure sanguinis y por matrimonio?
5. ¿Puedo tramitarla si soy adoptado?
6. ¿Un hijo extramatrimonial puede pedir la ciudadanía?
7. ¿Qué pasa si mi antepasado era mujer y tuvo hijos antes de 1948?
8. Respecto a la documentación, puedo presentar el acta que poseo de la época que vino mi antepasado al país?
Poder, siempre usted podrá hacerlo. Lo recomendable es que la documentación usted la presente actualizada y con los requisitos que cada Consulado, o agencia consular solicite. Es importante consulte con profesionales puntualmente sobre este tema, por el hecho de que no hay reglas generales y cada una de las 9 agencias consulares, maneja reglas autárquicas. Por ende, debe siempre buscar trabajar con profesionales que hayan presentado expedientes en la agencia que a usted le corresponda, y no llevarse por portales que puedan desinformar o generarle la creencia de que es así.
Recuerde que cada legado es particular, y cada familia es un mundo. Nosotros desde Butowicz & Asociados, siempre trabajamos POR y PARA el cliente, ya que nuestra mejor publicidad son ustedes felices por reconectar con sus raíces y proyectar un futuro mejor con enormes oportunidades a nivel global.