FAQS CIUDADANIAS

CIUDADANIA ITALIANA

Nos especializamos en ciudadanías italianas y españolas, sucesiones, contratos, divorcios. Brindamos soluciones legales integrales, acompañándote en cada paso.

Podrá solicitar la ciudadanía italiana todo aquel que sea hijo o nieto de ITALIANO NACIDO EN ITALIA, QUE AL FALLECER POSEA EXCLUSIVAMENTE LA CIUDADANÍA ITALIANA
No hay límite generacional, pero debe entenderse que por vía consular nieto e hijo. Por vía judicial, no hay límite.

Si, exclusivamente debe haber fallecido como Italiano.

Iure sanguinis se solicita al descender por línea directa de un Italiano, ahora por matrimonio alcanza con ser cónyuge de un italiano de origen, como de alguien que haya obtenido la doppia cittadinanza (Doble ciudadanía)
Por supuesto, para esos casos donde existen adoptantes y adoptados, será fundamental que el cliente cuente con el número de expediente de la sentencia de adopción.
En ese caso, el reconocimiento se solicita mediante juicio por vía materna y será usted representado por un letrado apoderado italiano.

Poder, siempre usted podrá hacerlo. Lo recomendable es que la documentación usted la presente actualizada y con los requisitos que cada Consulado, o agencia consular solicite. Es importante consulte con profesionales puntualmente sobre este tema, por el hecho de que no hay reglas generales y cada una de las 9 agencias consulares, maneja reglas autárquicas. Por ende, debe siempre buscar trabajar con profesionales que hayan presentado expedientes en la agencia que a usted le corresponda, y no llevarse por portales que puedan desinformar o generarle la creencia de que es así.

Recuerde que cada legado es particular, y cada familia es un mundo. Nosotros desde Butowicz & Asociados, siempre trabajamos POR y PARA el cliente, ya que nuestra mejor publicidad son ustedes felices por reconectar con sus raíces y proyectar un futuro mejor con enormes oportunidades a nivel global.